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Los poderes notariales de padres a hijos

Los poderes notariales de padres a hijos

[vc_row][vc_column][vc_column_text]Los poderes notariales de padres a hijos son aquellos que se otorgan en situaciones en las que los primeros no pueden realizar ciertas acciones debido a limitaciones físicas, legales o de otra índole. Como su mismo nombre indica, es un documento que se realiza ante notario.

¿ Qué son los poderes notariales de padres a hijos?

Los poderes notariales son una serie de documentos legales, mediante los cuales una persona, a la que se denomina «otorgante» da a otra persona, denominada «apoderado», la capacidad de realizar determinadas acciones en su nombre.

En el caso de que nos estemos refiriendo a los poderes notariales de padres a hijos, estaríamos hablando de aquellos casos donde uno o ambos padres otorgan un poder notarial a uno o a varios de sus hijos.

Tipos de poderes notariales de padres a hijos

Podemos diferenciar diversos tipos de poderes notariales que los padres pueden dar a sus hijos. Éstos van a depender del tipo de acciones que los hijos realicen en nombre de sus padres. Tenemos las siguientes:

Otros poderes notariales

También es posible que un padre pueda otorgar un poder a su hijo en caso de viajes de larga distancia o por ausencia temporal prolongada. Debemos hacer hincapié que este tipo de poderes no tienen una vigencia temporal específica. Es decir si los padres desean que el poder sólo tenga una duración determinada o específica deberán indicarlo en el documento. En caso contrario el poder seguirá vigente hasta la revocación del mismo por parte de los padres.

El ejemplo más representativo de este tipo de poder sería el caso de que unos padres padres pudieran estar ausentes del su domicilio por varios meses encontrándose en otro país. En este caso deben otorgar poderes notariales a uno o varios hijos para que puedan llevar sus temas financieros, asuntos legales o de cualquier otra índole durante su ausencia.

Finalmente es importante destacar que para algunos poderes puede ser necesaria la aprobación por parte de un juez. Va a depender de las características legales de cada país. Por lo tanto es recomendable la consulta a un abogado o un notario para tener la absoluta certeza de las acciones que son posibles realizar con el poder que se otorga y todos los requisitos que deben cumplirse.[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row]

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Autor: Redacción Herencias | Artículos

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