El phishing es una manera de engaño que utilizan los piratas informáticos para robar nuestros datos personales y bancarios a través de una página web falsa de una institución oficial como la Agencia Tributaria, del banco o cualquier empresa o tienda que consideraríamos de total confianza.

La mayoría de estas estafas informáticas tienen que ver con pagos mediante la tarjeta de crédito o débito o mediante una transferencia bancaria desde la cuenta de la víctima a terceras personas, lo que los delincuentes consiguen una vez que se han apoderado de las claves telemáticas que les permiten operar como si fuesen los verdaderos titulares de la cuentas de cargo.

Ahí radica la cuestión de la viabilidad de la reclamación civil al Banco y, en todo caso, el éxito de la denuncia o de la querella.

El Banco, por sistema, abandona al cliente presumiendo que éste ha incurrido en una negligencia grave en la protección de sus claves o datos que le identifican, pero esta práctica no es la que legalmente se debiera seguir, ya que la prueba de tal negligencia corresponde a la entidad financiera, tal como resulta de la normativa recogida en Real Decreto-ley 19/2018, de 23 de noviembre, de servicios de pago y otras medidas urgentes en materia financiera,
que traspuso al ordenamiento interno la Directiva (UE) 2015/2366 del Parlamento y del Consejo, de 25 de noviembre, sobre Servicios de Pago en el Mercado Interior.

La protección a la víctima, frente a su Banco y sobre el que pesa la obligación de custodiar y devolver los fondos depositados, viene reforzada por la posición de los Tribunales, pues su postura mayoritaria respecto a la falta de cuidado viene exigiendo que la falta de diligencia sea grave, por lo que si cualquiera hubiera sido engañado tal imprudencia no es grave, o como afirman otros, no hemos previsto lo que cualquiera hubiera previsto.

En definitiva, cuando se produzca una estafa informática no deje de reclamar al Banco por un medio que deje constancia fehaciente, y por supuesto formule la demanda o la consiguiente denuncia o querella.

Ahora bien no por ello deje de desconfiar de correos electrónicos, msm o whatsapp cuyo remitente sea desconocido y que le urja a realizar alguna actuación sobre sus cuentas bancarias.

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Autor: Gregorio Garretas | Artículos - Linkedin de Gregorio Garretas
Gregorio Garretas es un abogado de Barcelona, especializado en derecho penal, con más de 30 años de experiencia. Forma parte del equipo de Oscáriz Abogados. Pertenece al ICAB con el N.º de colegiado 1993.