El derecho al honor consiste en la protección de la reputación personal frente a expresiones o imputaciones falsas que desmerezcan la consideración social de una persona. El derecho al honor está vinculado con el derecho a la privacidad y la intimidad personal y familiar.
El artículo 18 de la Constitución Española dice así:
1. Se garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen. La ley limitará el uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad personal y familiar de los ciudadanos y el pleno ejercicio de sus derechos.
También se suele usar el término: Derecho al Honor, intimidad y propia imagen.
Autor: Redaccion | Artículos | |
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