En la actualidad, el Código Civil catalán ha evolucionado en la regulación de las parejas de hecho en Cataluña, desde la histórica reforma de 1998 que buscaba legalizar la convivencia homosexual, hasta la actualidad donde el matrimonio homosexual es legal y cuestiona la necesidad de regular las convivencias de hecho.

La regulación de la pareja de hecho y su relación con las herencia es un tema de gran relevancia legal y social. La situación varía considerablemente dependiendo de si al momento del fallecimiento de uno de los miembros existe un testamento o no. Este artículo proporciona una visión general sobre cómo se manejan estos casos y ofrece orientación para las parejas de hecho en Cataluña.

Parejas de hecho en Cataluña: Con testamento

La presencia de un testamento cambia significativamente el panorama para la pareja de hecho tras el fallecimiento de uno de los miembros. En Cataluña, el testamento permite que los deseos del fallecido se cumplan de acuerdo a lo expresado en este documento, siempre y cuando estos se ajusten a las leyes de sucesiones catalanas.

Para las parejas de hecho, es crucial reconocer que, aunque la ley les otorga reconocimiento legal, no gozan del derecho a la legítima como sí lo haría un cónyuge. La legítima es aquella parte de la herencia sobre la cual el testador no tiene plena libertad para disponer, ya que está reservada legalmente para los hijos y descendientes, padres o ascendientes y, en su ausencia, el cónyuge.

Por tanto, si un miembro de la pareja de hecho decide dejar bienes a su pareja en el testamento, este último podrá heredar lo asignado en el documento. Esta es una vía esencial para asegurar que la pareja sobreviviente reciba una herencia, subrayando la importancia de realizar un testamento.

Parejas de hecho en Cataluña: Sin testamento

La situación se complica significativamente cuando no hay testamento. Bajo las reglas de sucesión intestada (sin testamento), la pareja de hecho no tiene derecho a heredar automáticamente. Los bienes del fallecido se distribuirán siguiendo un orden específico de familiares: descendientes, ascendientes, cónyuge, y, en su ausencia, hermanos y sobrinos. Notablemente, las parejas de hecho no figuran en esta lista, lo que puede resultar en que la pareja sobreviviente no reciba nada de la herencia.

Protecciones adicionales

Es vital que las parejas de hecho consideren establecer protecciones adicionales. Esto puede incluir la creación de testamentos, acuerdos de propiedad conjunta o seguros de vida, que pueden ayudar a asegurar que la pareja sobreviviente esté protegida económicamente tras el fallecimiento. Además, las parejas registradas pueden tener derechos relacionados con la vivienda habitual compartida, aunque esto no se extiende automáticamente a otros bienes a menos que se especifique en un testamento.

La planificación sucesoria adecuada y el conocimiento de todas las opciones legales disponibles son fundamentales para proteger los derechos y el bienestar económico de las parejas de hecho. Dada la complejidad de la legislación y las variaciones según las circunstancias individuales, consultar con un abogado especializado en derecho de sucesiones en Cataluña es altamente recomendable para obtener asesoramiento personalizado y adecuado a cada situación específica.

Por lo tanto, las parejas de hecho en Cataluña enfrentan desafíos únicos en relación con las herencias, especialmente en ausencia de un testamento. La anticipación y la preparación mediante arreglos legales pueden marcar una diferencia significativa en la protección de los derechos y recursos de la pareja sobreviviente.

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Autor: Mónica Oscáriz Faraut | Artículos - Linkedin de Mónica Oscáriz Faraut
Mónica Oscáriz Faraut es abogada de Barcelona, licenciada en derecho por la UB. Experiencia de más de 35 años en el ejercicio de la abogacía ha completado su formación con numerosos cursos y masters.