[vc_row][vc_column][vc_column_text]Las famosas herencias, tienen ligado el impuesto de sucesiones y donaciones. Vamos a ver cuánto hay que pagar a hacienda por una herencia de dinero. El resultado depende de cada comunidad autónoma, dejaremos los enlaces a las mismas al final.

¿De qué estamos hablando? del Impuesto de Sucesiones y Donaciones: veremos qué es, en qué casos se paga y cuánto se tributa en cada Comunidad Autónoma
El ISD es un tributo que está cedido a las Comunidades Autónomas, cada una aplica sus propias tarifas y bonificaciones.

Qué es el impuesto de sucesiones y donaciones

El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones es el tributo que grava la transmisión de bienes y/o derechos entre las personas físicas. En este caso, en las sucesiones, el impuesto grava los incrementos patrimoniales obtenidos por las personas físicas a título gratuito y mortis causa.

En las donaciones, el objeto son los incrementos patrimoniales inter vivos obtenido por personas físicas por título gratuito.

También se tributará en el ISD por la percepción de cantidades en concepto de seguros de vida; siempre y cuando el contratante sea persona distinta del beneficiario, salvo los supuestos que regulan el artículo 17.2, a), de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

En el caso de cónyuge beneficiario, si la prima se ha pagado con cargo a la sociedad de gananciales estará sujeto también al IRPF. La mitad del importe tributará por ISyD y la otra por IRPF (rendimiento capital mobiliario)

Aquellos incrementos patrimoniales obtenidos por personas jurídicas no quedarán sujetos al impuesto y sí al Impuesto sobre Sociedades (IS).

Ámbito de aplicación del ISD

El ISD se aplica a todo el territorio español, sin perjuicio de lo dispuesto en regímenes tributarios forales de Concierto y Convenio Económico vigentes en  País Vasco y la Comunidad Foral de Navarra. El ISD está cedido a las Comunidades Autónomas, con competencias en recaudación y comprobación, y además puede aplicar sus propias normas en relación a aspectos impositivos o reducciones de la base imponible.

El Impuesto sobre Sucesiones es un impuesto progresivo. Cuanto más se hereda, más se paga. El gravamen general val del 7,65% hasta el 34%, aplicándose después las mencionadas bonificaciones de cada Comunidad Autónoma.

Sujetos pasivos del ISD

Quedan obligados al pago del impuesto las personas físicas:

  • En adquisiciones mortis causa, los causahabientes.
  • Donaciones inter vivos, el donatario.
  • Los seguros de vida, los beneficiarios.

¿Quiénes son los herederos en caso de fallecimiento?

En caso de existir testamento, se determinará la distribución de la herencia. En caso sucesión intestada,  el orden de sucesión será el siguiente:

  • Hijos y descendientes.
  • Ascendientes.
  • Cónyuge.
  • Hermanos y parientes.
  • El Estado.

¿Dónde se debe tributar?

Cada comunidad autónoma aplica condiciones diferentes.

En caso de fallecimiento la  sucesión, deberá tributarse en la Comunidad Autónoma en la que residía el fallecido; con independencia de dónde se encuentren los bienes que vayan a formar parte de la masa hereditaria, la herencia.

En caso donación, se tributa en la Comunidad Autónoma donde tenga la residencia el donatario, en el que recibe los bienes.

El beneficiario por seguro de vida, tributa en la Comunidad Autónoma donde tenía la residencia el fallecido.

¿Cuándo se debe tributar?

El plazo para verificar el pago es de seis meses desde el fallecimiento. En las donaciones, el impuesto se devenga en el momento que el donatario acepta la donación.

Normativa autonómica del ISD

  1. El ISD en Andalucía
  2. El ISD en Aragón
  3. El ISD en el Principado de Asturias
  4. El ISD en Baleares
  5. El ISD en Canarias
  6. El ISD en Cantabria
  7. El ISD en Castilla la Mancha
  8. El ISD en Castilla León
  9. El ISD en Cataluña
  10. El ISD en la Comunidad Valenciana
  11. El ISD en Extremadura
  12. El ISD en Galicia
  13. El ISD en La Rioja
  14. El ISD en Madrid
  15. El ISD en Navarra
  16. El ISD en el País Vasco – Vizcaya
  17. El ISD en el País Vasco – Álava
  18. El ISD en el País Vasco – Guipúzcoa
  19. El ISD en Murcia

Dependiendo de su comunidad autónoma deberá ver Cuánto hay que pagar a hacienda por una herencia de dinero en su respectiva comunidad autónoma.[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row]

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Autor: Redacción Herencias | Artículos