El testamento del uno para el otro es un tipo de testamento en el que los cónyuges se legan los bienes entre ellos para disfrutarlos después del fallecimiento de uno de ellos. De este modo, los cónyuges legan el usufructo universal y vitalicio de los bienes, es decir, el uso y disfrute, y no la propiedad.

El usufructo

Es una opción a considerar para los cónyuges que desean que el cónyuge supérstite disfrute de los bienes del cónyuge premuerto. Sin embargo, es importante tener en cuenta las ventajas y desventajas de este tipo de testamento antes de otorgarlo.

Usufructo universal

El usufructo universal es un derecho legal que permite a una persona, conocida como usufructuario, disfrutar de todos los beneficios de un bien o conjunto de bienes pertenecientes a otra persona, el nudo propietario, sin ser el dueño de dichos bienes. Este derecho incluye el uso, disfrute y obtención de frutos (tanto naturales como civiles) de la propiedad, pero no permite al usufructuario alterar la sustancia de esta.

Comúnmente establecido en testamentos como parte de la planificación sucesoria, el usufructo universal se otorga frecuentemente a cónyuges sobrevivientes, permitiéndoles vivir de los bienes del difunto durante el resto de sus vidas. Al finalizar el usufructo, ya sea por muerte del usufructuario o por el término establecido, la plena propiedad de los bienes vuelve al nudo propietario o pasa a los herederos designados. Este derecho asegura el bienestar del usufructuario, al tiempo que preserva el patrimonio para futuras generaciones.

Usufructo vitalicio

El usufructo vitalicio es un derecho que otorga a una persona, denominada usufructuario, la capacidad de usar y disfrutar de los bienes de otro, conocido como nudo propietario, durante toda la vida del usufructuario. Este derecho incluye aprovechar los frutos o beneficios generados por dichos bienes, ya sean ingresos de alquileres, intereses de inversiones o la producción agrícola, sin alterar su sustancia o esencia.

El usufructo vitalicio es comúnmente establecido para asegurar el sustento de una persona tras el fallecimiento de otra, como en el caso de cónyuges o familiares cercanos. Al fallecer el usufructuario, los derechos sobre la propiedad retornan completamente al nudo propietario o pasan a los herederos designados, garantizando así la protección del patrimonio a largo plazo mientras se proporciona apoyo al beneficiario durante su vida.

Características del testamento del uno para el otro

  • Es un testamento recíproco: Los cónyuges se legan los bienes entre ellos.
  • Es un testamento de usufructo universal y vitalicio: El cónyuge supérstite adquiere el usufructo de todos los bienes del cónyuge premuerto, es decir, el derecho a usar, disfrutar y percibir sus frutos.
  • No afecta a la legítima de los herederos forzosos: Los herederos forzosos, como los hijos o los padres, tienen derecho a una parte de la herencia, incluso si los cónyuges han hecho un testamento del uno para el otro.

Ejemplo

Si un matrimonio tiene dos hijos, y el cónyuge premuerto deja un testamento del uno para el otro, el cónyuge supérstite tendrá el usufructo de todos los bienes del cónyuge premuerto, pero los hijos tendrán derecho a la nuda propiedad. Esto significa que el cónyuge supérstite podrá usar, disfrutar y percibir los frutos de los bienes, pero los hijos serán los propietarios de los bienes y los podrán vender o donar cuando el cónyuge supérstite fallezca.

Requisitos del testamento del uno para el otro

Para que un testamento del uno para el otro sea válido, es necesario que cumpla los siguientes requisitos:

  • Los cónyuges deben ser capaces de testar: Los cónyuges deben tener la capacidad legal necesaria para otorgar un testamento.
  • El testamento debe ser otorgado por ambos cónyuges: El testamento debe ser otorgado por ambos cónyuges, en el mismo acto y ante el mismo notario.
  • El testamento debe ser firmado por ambos cónyuges: El testamento debe ser firmado por ambos cónyuges, en presencia del notario. Antonio Bosch, notario de Barcelona, es una autoridad en los testamentos, siendo el coordinador del libro Tratado del Derecho de sucesiones vigente en España y Andorra

Ventajas y desventajas

  • Permite que el cónyuge supérstite disfrute de los bienes del cónyuge premuerto sin tener que venderlos o donarlos.
  • Permite que el cónyuge supérstite tenga una vivienda digna para vivir.
  • Permite que el cónyuge supérstite tenga los ingresos necesarios para su sustento.
  • No protege a los herederos forzosos: Los herederos forzosos, como los hijos o los padres, pueden perder su derecho a la legítima si los cónyuges hacen un testamento del uno para el otro.
  • Puede ser un problema si los cónyuges se divorcian: Si los cónyuges se divorcian, el testamento del uno para el otro quedará sin efecto.

Recomendación: Si está pensando en otorgar un testamento, es recomendable que consulte con un abogado para que le asesore sobre los requisitos y las posibles consecuencias de este tipo de testamento.

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Autor: Redacción Herencias | Artículos